Plusvalía, primera sentencia del Contencioso Administrativo nº1 de Ourense a la luz de la reciente Sentencia del Tribunal Constitucional que declara la nulidad de varios artículos de la norma que regula el impuesto

El juzgado de lo contencioso administrativo nº 1 de Ourense resuelve , por primera vez, un recurso contra sendos acuerdos del Tribunal Económico Administrativo del Ayuntamiento de Ourense desestimatorios de reclamaciones formuladas contra resoluciones que, a su vez, desestimaron solicitudes de rectificación de autoliquidaciones del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana ( plusvalía) derivado de la transmisión a título hereditario de inmuebles con la consiguiente devolución de ingresos indebidos , a la luz de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional Nº 59/17 de 11 de mayo ( BOE de 15 de junio de 2017) que declara la nulidad de lo dispuesto en los arts. 107.1 , 107.2.a) y 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo en la medida que somete a tributación situaciones de inexistencia de incremento de valor.