SOBRE LA APRECIACIÓN DE OFICIO DE LA ABUSIVIDAD DEL INTERÉS DE DEMORA DE UN 28% EN UN PRÉSTAMO NO HIPOTECARIO

La   titular del Juzgado de   Primera   Instancia e   Instrucción   de   Ribadavia   resuelve     en Auto de   15 de julio de   2015 sobre   la   apreciación de   oficio   de la   abusividad     de   un   interés   de   demora   del 28% en un préstamo     no hipotecario   señalando , con cita   jurisprudencial del Tribunal Supremo   y del Tribunal de   Justicia   de   la   Unión Europea ,los   criterios   a tener en cuenta   para   llegar a tal declaración . Se acompaña en pdf adjunto   copia   de la citada resolución .

 

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