Ley de enjuiciamiento civil

Art. 400 Ley de enjuiciamiento civil. La cosa juzgada ficticia. Recurso de Apelación 29/13. Audiencia Provincial de Ourense. Estimación de los recursos. La norama se dirige sólo al demandante.

La audiencia Provincial de Ourense estima por Auto de 11 de marzo de 2014, dos recursos presentados en la instancia contra otro auto que acordaba estimar la excepción de litispendencia en relación con las peticiones presentadas por demandante y demandado reconviniente por entender que ambas peticiones debieron ejercitarse en un procedimiento anterior en el que ya enjuiciaban diversas cuestiones relacionadas con la misma cuestión litigiosa, a saber, obra defectuosa no entregada en plazo. La Audiencia analiza, con cita de alguna sentencia del Tribunal Supremo, la finalidad de un precepto demasiado abierto y los requisitos para su aplicación intentando delimitar su campo de aplicación entre su cometido de «evitar someter a unos mismos justiciables a varios procesos cuando la cuestión pudo quedar razonablemente zanjada en el primero» y «el derecho a la tutela jucicial efectiva que comprende el derecho a obtener una resolución fundada sobre el fondo de las cuestiones planteadas».

Se acompaña texto íntegro del auto en pdf.